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San José de Cúcuta 11 de marzo de 2022
Requisitos para acceder al beneficio
- Haberse matriculado después del 02 de mayo de 2016, fecha en la cual entró en vigencia la ley.
- Tienen este derecho las personas naturales que tengan entre 18 y 35 años.
- Si se trata de personas jurídicas, al momento de la renovación se debe conservar la participación de uno o varios socios o accionistas que tengan entre 18 y 35 años, con una participación de mínimo la mitad más uno de las cuotas, acciones o participaciones en que se divide el capital. La persona natural o jurídica, directamente o por intermedio de su representante legal, deberá declarar en el formulario RUES, bajo la gravedad de juramento, si cumple o no con los requisitos establecidos en el numeral 2.2.2.41.5.2 del Decreto 1074 de 2015 (adicionado por el Decreto 639 de 2017).
- Proceder a la renovación de la matrícula mercantil oportunamente, hasta el 31 de marzo del año en curso.
- Relación de trabajadores vinculados directamente con la empresa, si los tuviere, indicando el nombre e identificación de éstos.
- Una declaración (persona natural matriculada o del representante legal si se trata de persona jurídica) de que la empresa ha realizado los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y demás aportes de nómina, en caso de estar obligado a ello, y que ha cumplido oportunamente sus obligaciones en materia tributaria.
- Copia de los estados financieros debidamente firmados por el contador o el revisor fiscal con corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
- En el caso de las personas jurídicas, certificación o constancia expedida por el representante legal y/o revisor fiscal, donde se acredite que el socio (s) entre 18 y 35 años, representa (n) como mínimo la mitad más uno de las cuotas, acciones o participaciones de su capital.
- Fotocopia del documento de identificación de los socios o accionistas, si son diferentes a los reportados en el documento de la constitución de la sociedad.
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