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Registro Mercantil
Consiste en llevar la matrícula de los comerciantes, sus establecimientos de comercio y documentos de carácter mercantil, con el fin de generar confianza a sus clientes y proveedores, hacer visible su negocio, facilitar la obtención de créditos financieros y cumplir con los efectos jurídicos que la ley señala.

Cuando usted formaliza su negocio en el Registro Mercantil genera seguridad y confianza para sus empleados, sus clientes, sus proveedores y la comunidad empresarial en general.

El Gobierno Nacional, mediante el artículo 2.2.2.46.1.1 del Decreto 1074 de 2015 estableció los derechos por registro y renovación de la Matrícula Mercantil, establecimientos de comercio, sucursales o agencias, derechos de cancelaciones y mutaciones, y derechos por inscripción de libros y documentos, así como el valor del formulario y los certificados expedidos por las cámaras.

La matrícula mercantil debe renovarse dentro de los tres primeros meses de cada año. (1 de enero a 31 de marzo)

NOTA: Recuerde que los sábados no son considerados días hábiles en los tiempos de respuesta de su trámite.
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