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Registro de veedurías ciudadanas
Este registro corresponde a las diferentes organizaciones que ejercen vigilancia sobre la gestión pública (Autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control), así como de las entidades públicas o privadas, (Organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público).
Las personerías municipales y los cabildos indígenas que requieran ingresar al RUES la información de las veedurías inscritas en esas entidades, deberán presentar una “solicitud de uso de medios electrónicos para el reporte de la información de veedurías”, la cual puede ser descargada de la página web del RUES, y deberá ser diligenciada y firmada por el personero o por el representante legal de la autoridad indígena y remitir el original a la Cámara de Comercio competente, adjuntando a esta los documentos que acrediten tal condición.
Una vez la Cámara de Comercio verifique la información de la solicitud y los documentos adjuntos, incluirá en el RUES los datos y procederá a asignar el usuario y la contraseña asignada para ingresar y efectuar el reporte de la información a través del aplicativo dispuesto en la Web.
Es importante resaltar que la información remitida por las personerías municipales y los cabildos indígenas no será verificada por la Cámara de Comercio, de manera que las controversias, modificaciones, correcciones o aclaraciones que respecto de esta se presenten, deben ser tramitadas ante esas entidades.
NOTA: Recuerde que los sábados no son considerados días hábiles en los tiempos de respuesta de su trámite.
Las personerías municipales y los cabildos indígenas que requieran ingresar al RUES la información de las veedurías inscritas en esas entidades, deberán presentar una “solicitud de uso de medios electrónicos para el reporte de la información de veedurías”, la cual puede ser descargada de la página web del RUES, y deberá ser diligenciada y firmada por el personero o por el representante legal de la autoridad indígena y remitir el original a la Cámara de Comercio competente, adjuntando a esta los documentos que acrediten tal condición.
Una vez la Cámara de Comercio verifique la información de la solicitud y los documentos adjuntos, incluirá en el RUES los datos y procederá a asignar el usuario y la contraseña asignada para ingresar y efectuar el reporte de la información a través del aplicativo dispuesto en la Web.
Es importante resaltar que la información remitida por las personerías municipales y los cabildos indígenas no será verificada por la Cámara de Comercio, de manera que las controversias, modificaciones, correcciones o aclaraciones que respecto de esta se presenten, deben ser tramitadas ante esas entidades.
NOTA: Recuerde que los sábados no son considerados días hábiles en los tiempos de respuesta de su trámite.