Información Corporativa
- Quiénes Somos
- Historia
- Funciones
- Arquitectura Organizacional
- Directorio de funcionarios
- Filosofía corporativa
- Junta Directiva
- Electos Junta Directiva y Revisoría Fiscal 2023 2026
- Elecciones de Junta Directiva y Revisor Fiscal 2023-2026
- Ubicación - Sedes
- Manual de Marca
Nuestros Servicios
Nuestros Registros
- Registro Mercantil
- Registro de Proponentes
- Registro Unico Nacional de Entidades Operadoras de Libranza
- Registro Nacional de Turismo
- Registro de Vendedores de Juegos de Azar
- Registro de Entidades Sin Animo de Lucro
- Registro de Entidades de Economía Solidaria
- Registro de Veedurías Ciudadanas
- Registro de Entidades Extranjeras de Derecho Privado Sin Animo de Lucro
Nuestros Medios
Centro de Arbitraje Conciliación y Amigable Composición
- Quienes Somos
- Visión, Misión y Objetivos
- Arbitraje y Ventajas
- Conciliación y Beneficios
- Insolvencia
- Amigable Composición
- Nuestros Servicios
- Reglamento
- Tarifas
- Resoluciones y Actas
- Lista Arbitros y Conciliadores
- Convenios
Protección de Datos Personales
Recuperación Empresarial - Nuevo Servicio del Centro de Arbitraje y Conciliación
- ¿Qué es la recuperación empresarial?
- ¿Para qué sirve y cuáles son las ventajas de la recuperación empresarial?
- Normatividad y reglamentación
- Circular lista de mediadores
- Tarifas
- ¿Cómo funciona?
- Acceso al servicio
Política de Seguridad de la Información
Política de Protección de Propiedad Intelectual y Autorización de uso sobre los Contenidos
AFILIADO
- Qué significa ser afiliado
- Diferencias Afiliado - Matriculado
- Servicios y Beneficios para afiliados
- Requisitos para ser Afiliado
- Pérdida de la calidad de Afiliado
- Principios, deberes y derechos de los Afiliados
- Tarifas Afiliación
- Listado de Afiliados
- Solicitudes de Afiliación y Desafiliación
- Regimen AFILIADOS
- Resoluciones
- Convenios
San José de Cúcuta, 9 de mayo de 2020
La industria manufacturera es una de las que gradualmente sale en el país durante la emergencia sanitaria. Para ello, y teniendo en cuenta que atravesamos por la epidemia de COVID-19, el Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la Resolución 675 de 2020, dictó los lineamientos para la seguridad de quienes trabajan en este sector.
Este protocolo es complementario al que se encuentra en la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 y a las demás medidas que los responsables de cada planta crean necesarias y la vigilancia del cumplimiento del mismo está a cargo de la secretaría o entidad municipal o distrital.
Dentro de las medidas locativas dispuestas en el anexo técnico que señala puntualmente las acciones a tomar, está el diseñar en la empresa un área de recepción de insumo, así como generar barreras físicas en el área de recepción de facturas y correspondencia. Esto último podría ser una ventana que separe la persona que recibe de las que llevan correspondencia.
Es importante garantizar el uso de tapabocas y guantes de látex, nitrilo o vinilo para que entre la recepcionista y el mensajero se reduzca la exposición, así como el disponer de alcohol glicerinado mínimo al 60 % en la recepción, “en caso de que la persona que acude al área de recepción no cuente con guantes e informar a la persona que llega que debe higienizar sus manos primero”, se lee en el lineamiento.
La desinfección de paquetes o elementos que sean recibidos es un elemento clave, así como el distanciamiento físico entre los trabajadores, por lo cual se debe ajustar la ubicación de la máquina para estar a 2 metros entre los trabajadores en cada departamento.
Además, los operarios de las máquinas deben utilizar adecuadamente tapabocas convencional en todo momento y realizar el protocolo de lavado de manos de manera regular, al menos cada tres horas, y no deben compartir el equipo con otro trabajador.
La limpieza de las máquinas es otro factor a tener presente, así como el ventilar y mantener en condiciones higiénicas las áreas de almacenamiento de material o insumos.
Protección personal
En las empresas donde se utilice de manera rutinaria las máscaras de protección facial o gafas protectoras, se debe tener en cuenta la limpieza y desinfección, así mismo la colocación y retiro de estos elementos.
Para el personal operativo, el lineamiento indica el uso del protector respiratorio, visual y de manos (guantes) definidos en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con el riesgo y la maquinaria utilizada. Y, en el aspecto de ropa de trabajo dentro de las empresas y fábricas, estas deben cambiarse al ingresar y previo a la salida por otra vestimenta.
Los vehículos de transporte deben ser desinfectados de manera integral y el conductor deberá disponer de alcohol glicerinado mínimo al 60 %, para su uso frecuente en la cabina del vehículo. Se recomienda prescindir del uso del aire acondicionado en el vehículo y optar por la ventilación natural, manteniendo las ventanas abiertas.
Se debe realizar la toma rutinaria de temperatura al ingreso y salida del turno, al inicio de la jornada laboral y al finalizar la misma (o mínimo dos veces por turno), y cada empresa deberá designar una persona responsable de coordinar la implementación y verificación del protocolo. En caso tal de detección de temperatura de 38ºC o más deberá ser remitido en forma inmediata a su EPS.
Con clientes y proveedores
Si existe un espacio para la venta al público, la interacción con los clientes debe ser sin contacto, dejando y recogiendo los productos en una zona de entrega y manteniendo la distancia mínima de 2 metros.
En la medida de lo posible, la recomendación es llevar un registro de identificación de proveedores y clientes que sirva como referencia en caso en que algún trabajador sea diagnosticado positivo para COVID-19, de modo que se puedan rastrear los contactos.
En cuanto a los turnos de los trabajadores, es el empleador el que debe pactarlos de tal forma que se vaya alineado con nuestras recomendaciones de bioseguridad. Son necesarias las pausas activas y de limpieza cada hora, evitando las aglomeraciones en zonas comunes, baños y áreas de lavado de manos.
El lineamiento completo podrá ser consultado en www.minsalud.gov.co
Este protocolo es complementario al que se encuentra en la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 y a las demás medidas que los responsables de cada planta crean necesarias y la vigilancia del cumplimiento del mismo está a cargo de la secretaría o entidad municipal o distrital.
Dentro de las medidas locativas dispuestas en el anexo técnico que señala puntualmente las acciones a tomar, está el diseñar en la empresa un área de recepción de insumo, así como generar barreras físicas en el área de recepción de facturas y correspondencia. Esto último podría ser una ventana que separe la persona que recibe de las que llevan correspondencia.
Es importante garantizar el uso de tapabocas y guantes de látex, nitrilo o vinilo para que entre la recepcionista y el mensajero se reduzca la exposición, así como el disponer de alcohol glicerinado mínimo al 60 % en la recepción, “en caso de que la persona que acude al área de recepción no cuente con guantes e informar a la persona que llega que debe higienizar sus manos primero”, se lee en el lineamiento.
La desinfección de paquetes o elementos que sean recibidos es un elemento clave, así como el distanciamiento físico entre los trabajadores, por lo cual se debe ajustar la ubicación de la máquina para estar a 2 metros entre los trabajadores en cada departamento.
Además, los operarios de las máquinas deben utilizar adecuadamente tapabocas convencional en todo momento y realizar el protocolo de lavado de manos de manera regular, al menos cada tres horas, y no deben compartir el equipo con otro trabajador.
La limpieza de las máquinas es otro factor a tener presente, así como el ventilar y mantener en condiciones higiénicas las áreas de almacenamiento de material o insumos.
Protección personal
En las empresas donde se utilice de manera rutinaria las máscaras de protección facial o gafas protectoras, se debe tener en cuenta la limpieza y desinfección, así mismo la colocación y retiro de estos elementos.
Para el personal operativo, el lineamiento indica el uso del protector respiratorio, visual y de manos (guantes) definidos en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con el riesgo y la maquinaria utilizada. Y, en el aspecto de ropa de trabajo dentro de las empresas y fábricas, estas deben cambiarse al ingresar y previo a la salida por otra vestimenta.
Los vehículos de transporte deben ser desinfectados de manera integral y el conductor deberá disponer de alcohol glicerinado mínimo al 60 %, para su uso frecuente en la cabina del vehículo. Se recomienda prescindir del uso del aire acondicionado en el vehículo y optar por la ventilación natural, manteniendo las ventanas abiertas.
Se debe realizar la toma rutinaria de temperatura al ingreso y salida del turno, al inicio de la jornada laboral y al finalizar la misma (o mínimo dos veces por turno), y cada empresa deberá designar una persona responsable de coordinar la implementación y verificación del protocolo. En caso tal de detección de temperatura de 38ºC o más deberá ser remitido en forma inmediata a su EPS.
Con clientes y proveedores
Si existe un espacio para la venta al público, la interacción con los clientes debe ser sin contacto, dejando y recogiendo los productos en una zona de entrega y manteniendo la distancia mínima de 2 metros.
En la medida de lo posible, la recomendación es llevar un registro de identificación de proveedores y clientes que sirva como referencia en caso en que algún trabajador sea diagnosticado positivo para COVID-19, de modo que se puedan rastrear los contactos.
En cuanto a los turnos de los trabajadores, es el empleador el que debe pactarlos de tal forma que se vaya alineado con nuestras recomendaciones de bioseguridad. Son necesarias las pausas activas y de limpieza cada hora, evitando las aglomeraciones en zonas comunes, baños y áreas de lavado de manos.
El lineamiento completo podrá ser consultado en www.minsalud.gov.co